CONCEJO DELIBERANTE DE LANÚS

jueves, 25 de septiembre de 2014

Comunicado de prensa de la Lista 2015-142 de la UCR Lanús

Los integrantes de la Lista 2015-142 de candidatos al Comité de Distrito y Convencionales Provinciales de la Unión Cívica Radical de Lanús tenemos a bien informar:

1.- Que al día de la fecha no existe resultado ni escrutinio definitivo en las elecciones internas tanto en lo que hace al Comité UCR de la Provincia de Buenos Aires como en lo que hace al Comité UCR de nuestro Distrito de Lanús, lo que configura una muestra más de la incapacidad de una conducción partidaria provincial que desde hace 4 años viene siendo un verdadero compendió de errores (alianza con De Narváez, proscripciones de otros radicales en el 2011 y 2013, magros resultados electorales en lo local y en la Pcia de Bs.As., etc.).

2.- Que desde la Junta Electoral Provincial, con evidente parcialidad, arbitrariedad y nulidad, pretendió en voto dividido dar por vencedor a quien perdió en las urnas, o lo que es lo mismo, contrariar la voluntad del electorado arrebatando la victoria en un escritorio a quien triunfo legitima y democráticamente. Esta situación y otras irregularidades similares han ocurrido también, entre otros distritos además del nuestro, en La Matanza, Florencio Varela, Berisso, 3 de Febrero, Daireaux y San Fernando.

3. Que por esta razón en el día de ayer hemos realizado las presentaciones judiciales por ante el juzgado con competencia electoral de la Provincia, con las debidas reservas de accionar a todas las instancias superiores nacionales e internacionales, atento a que la interpretación de la mayoría de la Junta Electoral Provincial (por 3 a 2) resulta a todas luces nula, viciada, arbitraria, irrazonable, parcial, desigual e improcedente, en atención a la vulneración de los principios de participación, de representatividad popular, de respeto de la genuina expresión de la voluntad del pueblo, de preeminencia de la voluntad mayoritaria, de no discriminación, de igualdad de trato, de protección igualitaria y efectiva contra sentencias arbitrarias y no fundadas, y contra las violaciones a los derechos civiles y 
políticos que nos asisten y le asisten al afiliado radical.

4. Que efectivamente al día de la fecha y hasta tanto se resuelvan las judicializaciones de los Distritos aludidos, entre ellos el nuestro, no es prudente expresar ningún tipo de consideraciones respecto a resultado alguno. Por consiguiente, exhortamos a todos los radicales, simpatizantes y medios de comunicación a actuar con las seriedades y prudencias del caso, hasta tanto la justicia y sus instancias den el definitivo veredicto que respete la genuina expresión de la voluntad del afiliado y la preeminencia de la mayoritaria del mismo.


Lanús, 24 de septiembre de 2014

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