CONCEJO DELIBERANTE DE LANÚS

martes, 22 de octubre de 2013

Superintendencia de Seguros aclaró que no hace falta "portar el recibo de pago"

La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) informó a los automovilistas que “a los fines de circular resulta suficiente contar con el comprobante del seguro sin necesidad de portar el recibo de pago”, de acuerdo a los artículos 40 y 86 de la Ley Nacional de Tránsito. 

  El comunicado de "alerta a la población" fue emitido por el 
organismo “debido a la gran cantidad de consultas recibidas y con 
el fin de proteger los derechos de los asegurados”. 

  La polémica se instaló en los medios de comunicación a partir 
de la difusión pública de un video en el que al legislador porteño 
del Frente para la Victoria Juan Cabandié intentan secuestrarle el 
vehículo por no tener el último comprobante de pago del seguro. 

  La Superintendencia de Seguros citó, además de la Ley 
Nacional de Tránsito, la disposición 70/09, de Agencia Nacional de 
Seguridad Vial (ANSV), y la resolución 35.863, de la propia SSN. 

  Mediante la normativa, el organismo de control aclaró que sí 
es necesario contar “con comprobante emitido por una entidad 
aseguradora autorizada” por la Superintendencia de Seguros. 

  No obstante, remarcó: “Conforme lo expuesto, a los fines de 
circular resulta suficiente contar con el comprobante del seguro 
sin necesidad de portar el recibo de pago”. (Télam).- 

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