La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) informó a los automovilistas que “a los fines de circular resulta suficiente contar con el comprobante del seguro sin necesidad de portar el recibo de pago”, de acuerdo a los artículos 40 y 86 de la Ley Nacional de Tránsito.
El comunicado de "alerta a la población" fue emitido por el
organismo “debido a la gran cantidad de consultas recibidas y con
el fin de proteger los derechos de los asegurados”.
La polémica se instaló en los medios de comunicación a partir
de la difusión pública de un video en el que al legislador porteño
del Frente para la Victoria Juan Cabandié intentan secuestrarle el
vehículo por no tener el último comprobante de pago del seguro.
La Superintendencia de Seguros citó, además de la Ley
Nacional de Tránsito, la disposición 70/09, de Agencia Nacional de
Seguridad Vial (ANSV), y la resolución 35.863, de la propia SSN.
Mediante la normativa, el organismo de control aclaró que sí
es necesario contar “con comprobante emitido por una entidad
aseguradora autorizada” por la Superintendencia de Seguros.
No obstante, remarcó: “Conforme lo expuesto, a los fines de
circular resulta suficiente contar con el comprobante del seguro
sin necesidad de portar el recibo de pago”. (Télam).-
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