(Telam)
Fuentes judiciales precisaron que el fallo fue dictado por la jueza en lo contencioso administrativo 4 de La Plata, María Ventura Martínez, en favor del planteo realizado por los seis gremios docentes que integran el Frente de Unidad del sector.
En su resolución, la magistrada entendió que "las acciones de la administración aquí analizadas (en alusión a los descuentos y al premio por presentismo durante el paro) implican actos que alteran, restringen, limitan o afectan la libertad de los trabajadores y de sus entidades gremiales en las negociaciones colectivas; con lo cual deberán en adelante de abstenerse de realizarlas”.
“Al operar sobre la voluntad del trabajador no solamente afectan su libertad sino, tangencialmente, (aquellas acciones) resultan atentatorias del derecho a huelga”, consideró en el fallo.
En ese marco, la magistrada destacó la importancia de que “la elección entre adherir o no a una huelga sea un dilema a resolver por cada individuo en su fuero interno de acuerdo a lo que le dicte su propia conciencia, sus principios y su escala de valores y no, contrariamente, se vea coaccionado por influencias, acciones y medidas externas y con efecto persuasivo sobre su autonomía espiritual”.
El 15 de marzo pasado, en el marco del conflicto docente, la gobernadora María Eugenia Vidal confirmó que serían descontados los días no trabajados por los docentes, y anunció el pago de una suma extraordinaria de 1.000 para aquellos maestros que hubiesen concurrido a dar clases en el marco de la huelga. (Télam)