La multa por no votar será de hasta 100 pesos.
La Cámara Nacional Electoral informó que a partir de esta elección "no se va a sellar y firmar el documento", como se hacía hasta el momento, se explicó
que para acreditar la emisión del voto "el presidente de mesa le
entregará al elector una constancia con los datos del elector y la
firma del presidente de mesa".
"La constancia se encontrará adherida al padrón mediante un
troquelado y una vez que el elector firme el padrón el presidente
firmará el troquel y lo entregará junto con el documento", indicó
la Cámara Electoral.
Si el elector pierde la constancia de emisión del voto pero
"no figura en el registro de infractores al deber de votar, no
necesitará hacer ningún trámite", pero "si aparece en el registro
como infractor, pese a haber votado, podrá solicitar a la autoridad
competente que verifique su firma en el padrón".
Un elector que no vote deberá concurrir dentro de los 60 días
posteriores a la elección a la secretaría electoral correspondiente
al distrito de su domicilio para justificar su abstención, con la
documentación que acredite el motivo de la falta, se explicó en el
documento, en el que se añadió que también podrá "dirigirse" a la
Cámara Electoral.
La Cámara Electoral creó el "Registro de infractores al deber
de votar", en el cual deben figurar los electores mayores de 18
años y menores de 70 que no hayan emitido su voto ni justificado la
omisión.
La no inclusión de una persona en dicho Registro bastará para
tener por cumplida la obligación de votar a su respecto o por
justificada su omisión.
La multa por no votar ni justificar la omisión será de 50
pesos cuando sea en las primarias y de 100 pesos cuando se trate de
las legislativas de octubre.
"Cuando no se vote en uno solo de los actos electorales
–primarias o generales- la multa será de $50. El monto de la
segunda infracción será de $100 y se acumularán a los $50 de la
primera infracción".
La multa podrá pagarse en cualquier sucursal del Banco de la
Nación Argentina y en las demás entidades que se habiliten para el
cobro con la boleta de pago generada en el sitio web de la justicia
nacional electoral.
Se destaca en el documento que quienes no hayan votado en las
primarias pueden hacerlo en las elecciones generales. (Télam)
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